Información Danza

Descripción de la Carrera

Denominación: Profesorado de Danza con orientación en Danzas Folklóricas

Titulo a otorgar: Profesor/a de Danza con orientación en Danzas Folklóricas

  • Duración de la carrera: 4 (cuatro) años académicos
  • Carga horaria total de la carrera: 4176 horas cátedra / 2784 horas reloj
  • Nivel o modalidad para el cual habilita: Educación Artística; Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria, Educación Especial

Condiciones de ingreso:

Se define como estudiante de Nivel Superior a aquél aspirante a realizar estudios de dicho nivel, que se inscribe en tal condición en un Instituto de Educación Superior, con ingreso directo, según se establece en Artículos 11 y 12 de este documento, sin discriminación de ningún tipo y en base a igualdad de oportunidades, sostenida en la legislación vigente en la provincia del Chubut, la cual incluye el Reglamento Orgánico Marco de la jurisdicción, que establece los derechos y obligaciones de los estudiantes del nivel. Artículo 10.- La inscripción a las carreras de formación docente y técnica de nivel superior, se realizará en dos períodos por año académico: noviembre – febrero y junio – agosto. Artículo 11.- Pueden inscribirse en un IES:

  • Quienes acrediten aprobación del nivel secundario, de cualquier modalidad.
  • Quienes habiendo concluido la educación de nivel secundario; y aún adeudando asignaturas, presenten para la inscripción, constancia de estudios cursados y aprobados.
  • Personas mayores de 25 años que aprueben la evaluación dispuesta por la DGES, en concordancia con el Art. 7º de Ia Ley de Educación Superior N° 24.521 y/o normativa vigente.
  • Estudiantes extranjeros que remitan al marco regulatorio nacional y jurisdiccional.
  • Estudiantes que soliciten formalmente pase, desde una institución de educación superior a otra que otorga un titulo idéntico o equivalente.

Para el ingreso, se debe acreditar:

  • Identidad
  • Aptitud psicofísica para realizar los estudios a los que aspira; y aptitud fonoaudiológica a los fines de generar instancias de acompañamiento adecuadas en los casos necesarios
  • Aprobación del nivel secundario
  • Realización del trayecto introductorio establecido en cada institución.